3. Prevención de riesgos laborales: normativa.

La prevención de riesgos laborales es el conjunto de medidas adoptadas en todas las fases de actividad de una empresa, con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.


La principal legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales en nuestro país es:
  • La constitución española (artículo 40.2) obliga a los poderes públicos a fomentar una política que garantice la formación y readaptación de los profesionales; a velar por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizar el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.
  1. Trabajadores por cuenta ajena.
  2. Personal civil de las administraciones públicas.
  3. Trabajadores autónomos.
  4. Sociedades cooperativas.


1 comentario:

  1. Aupa Félix eres el mejor!! desde que te conoci llevo un condon en la cartera

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